El día primero de enero de 2022 entró en vigor el nuevo régimen para personas físicas y morales llamado Régimen de Simplificado de Confianza (RESICO). Dicho régimen es opcional para personas físicas y no podrán formar parte de este régimen las personas físicas en los supuestos siguientes:
El día de hoy traemos para nuestros lectores el procedimiento para el alta de un contribuyente que no había tenido actividad económica previa al primero de enero 2022, y debido a que cumple con los requisitos para tributar dentro del Régimen de Confianza se le dio de alta en dicho régimen a partir del día primero de enero 2021.
A continuación, presentamos los pasos a seguir:
2. Posteriormente deberás ingresar tu contraseña “CIEC” o “e.firma”.
3. Deberemos ingresar la fecha del movimiento, que en este caso específico es el 1 de enero del ejercicio 2022 y posteriormente seleccionar el botón “Continuar”, en la siguiente pantalla:
4. A continuación, podremos observar que se ha habilitado la opción del Régimen Simplificado de Confianza, de la siguiente manera:
5. Al seleccionar la opción de del Régimen Simplificado de Confianza se despliegan algunos de los requisitos para tributar en dicho régimen, en caso de cumplir con ellos y los mencionados al principio del artículo seleccionaremos la opción “Aceptar” como se muestra a continuación:
6. Deberás seleccionar el sector económico al que perteneces, el ejemplo actual trata de un contribuyente que se dedica a la comercialización de relojes de lujo tanto para hombre como para mujer, por lo que seleccionó el sector de “Comercio al por menor”, como se muestra a continuación:
7. En seguida, deberemos seleccionar la actividad que realiza el contribuyente como se muestra a continuación:
8. Los contribuyentes en el Régimen de Confianza podrán realizar actividades por cuenta propia o en copropiedad por lo que deberán seleccionar la manera en la que realizarán su actividad económica como se muestra a continuación:
9. Posteriormente deberemos indicar el porcentaje de los ingresos que representa cada actividad económica, en presente contribuyente el 100% de sus ingresos provienen del comercio al por menor de relojes por lo que se establece de la siguiente manera:
10. Seleccionar si tendras o no empleados.
11. Deberemos revisar y aceptar el cuestionario de actualización de las actividades económicas y obligaciones, como se muestra en la siguiente pantalla:
Por último, recomendamos descargar la “Constancia de Situación Fiscal” del contribuyente para asegurarnos que la actualización se realizó de manera correcta, a continuación, presentamos la dicha constancia del contribuyente al que se dio de alta como RESICO:
Como podemos observar queda asentado que a partir del primero de enero del ejercicio 2022, el contribuyente se encuentra tributando dentro del Régimen Simplificado de Confianza y las obligaciones inherentes a dicho régimen.
Las tablas para el cálculo del ISR de 2022 ya están disponibles en la página del SAT, estas sirven para determinar el impuesto a pagar para las Personas Físicas con Actividad Empresarial o Profesional, trabajadores (sueldos y salarios, Régimen de Incorporación Fiscal, Arrendamiento, Enajenación de Inmuebles e incluso Personas Morales del sector primario.
A continuación, les comparto la tabla de ISR aplicable al ejercicio 2022 (anual), la cual se encuentran en el Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, el cual fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de enero de 2022:
Límite inferior | Límite superior | Cuota fija | Por ciento para aplicarse sobre el excedente del límite inferior |
$ | $ | $ | % |
0.01 | 7,735.00 | 0 | 1.92 |
7,735.01 | 65,651.07 | 148.51 | 6.4 |
65,651.08 | 115,375.90 | 3,855.14 | 10.88 |
115,375.91 | 134,119.41 | 9,265.20 | 16 |
134,119.42 | 160,577.65 | 12,264.16 | 17.92 |
160,577.66 | 323,862.00 | 17,005.47 | 21.36 |
323,862.01 | 510,451.00 | 51,883.01 | 23.52 |
510,451.01 | 974,535.03 | 95,768.74 | 30 |
974,535.04 | 1,299,380.04 | 234,993.95 | 32 |
1,299,380.05 | 3,898,140.12 | 338,944.34 | 34 |
3,898,140.13 | En adelante | 1,222,522.76 | 35 |
Como se comentó, el Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 contiene las tablas para pagos provisionales, tarifas aplicables a las retenciones y tarifa del cálculo anual del ISR. Estas se recomienda tenerlas a la mano para comparar ya sea contra el calculo de algún sistema de calculo de impuestos e incluso contra lo que el SAT determina en su portal.
La UMA es la unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia económica en pesos para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales y estatales, así como en las disposiciones jurídicas que emanen de todas las anteriores.
Se dio a conocer la UMA 2022 del INEGI, la nueva Unidad de Medida y Actualización tendrá vigencia a partir del 1° de febrero de 2022, esta fue publicada en la página del instituto el 7 de enero de 2022, pendiente de publicación en el Diario Oficial de la Federación.
La variación anual obtenida en diciembre de 2021 fue de 7.36 por ciento.
Recuerda que para la aplicación de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) en 2022, se tiene que considerar la UMA de 2021 durante el mes de enero del ejercicio 2022.
Diaria | Mensual | Anual | |
UMA 2021 (enero 2022) | $89.62 | $2,724.45 | $32,693.40 |
UMA 2022 (febrero a diciembre 2022) | $96.22 | $2,925.09 | $35,101.08 |
Se supone que en México “toda persona tiene derecho al trabajo útil socialmente digno y socialmente útil”. Así lo dice la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 123. En seguida, señala que es obligación del gobierno a promover la creación de empleos y la organización social de trabajo conforme a la ley.
Derivada de la Carta Magna, la Ley Federal del Trabajo (LFT) define en su segundo artículo al trabajo digno como “aquél en el que se respeta plenamente la dignidad humana del trabajador; no existe discriminación por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales o estado civil; se tiene acceso a la seguridad social y se percibe un salario remunerador”.
Asimismo, se establece que los trabajadores deben recibir capacitación continua para que incrementen su productividad. De igual manera, se obliga al empleador a que los centros de trabajo se encuentren en condiciones óptimas de seguridad e higiene para prevenir riesgos de trabajo, entre otras cosas.
La Organización Internacional del Trabajo (OIT), que es un organismo especializado de la ONU, en cambio, usa el término ‘trabajo decente’, que engloba las aspiraciones de las personas durante su vida laboral. Tiene que ver con la oportunidad de tener acceso a un empleo productivo que genere ingreso justo, seguridad en el lugar de trabajo, y protección social para las familias.
Bajo la coordinación de Ernesto Torres García, integrante de Comisión de Investigación Fiscal se realizó el curso Implicaciones fiscales de la Ley Fintech a causa del impacto que han generado las tecnologías disruptivas (Fintech, criptomonedas, etc.), nuevos modelos de negocio que han cambiado la manera de realizar las fiscalizaciones.
En las instalaciones de Sede Sur, Gustavo Salaiz, Director general adjunto de supervisión de modelos en la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), Eliseo Vite, integrante de la Comisión de Tecnologías financieras y emergentes; Víctor Manuel Pérez Ruíz, coordinador de medios de comunicación de la Comisión técnica de investigación fiscal y Juan Carlos Santillán, socio en Deloitte explicaron en qué consiste este tipo de tecnologías, como operan y la manera en que son reguladas por las autoridades.
Gustavo Salaiz y Eliseo Vite, indicaron que la industria Fintech, ha innovado en los modelos financieros y se han generado nuevas opciones en los servicios porque las instituciones bancarias no han atendido las necesidades de sus clientes. Como ejemplo de los servicios, informaron se encuentran los pagos que realiza la gente a través de la plataforma Pay Pal, o bien, las terminales de pago empleadas por los negocios al solo conectarse desde su celular, entre otras operaciones son los pagos en línea y otros modelos más sofisticados, destacan Bitcoin o las casas de cambio.
Destacaron que esos servicios han hecho crecer a los negocios a corto plazo, “hoy en día contratar un servicio en la nube es muy sencillo, solo necesitas una tarjeta de crédito, configurar tu cuenta, e incorporar los servicios que ofrezcas, todo ello, no requiere de una inversión de capital y tu base tecnológica crece a la par de tu negocio”, confirmó Gustavo Salaiz.
Otro de los temas que han atendido las Fintech, apuntaron, han sido en el tema del rezago en la inclusión financiera, pues, estadísticamente el 50 % de la población económicamente activa no tiene un producto bancario (tarjetas de crédito, financiamiento, etc.).
En cuestiones legales, Eliseo Vite comentó que Fintech se conoce también como banca electrónica, (la cual ya existía), sin embargo, hubo modelos financieros que por sus características tan novedosas no encajaban con las categorías legales. Ahora,” esta nueva realidad te facilita la vida, pero también es complicada si no existe una protección frente a quien ofrece el servicio”, detalla.
Apuntó que el sector Fintech es una tecnología prometedora, pero como cualquier industria que inicia conlleva riesgos en el manejo de dinero, el patrimonio y la confianza del público en general, de ahí su importancia y visto como un sistema interconectado que puede impactar en otros sectores. Eliseo Vite destacó algunos de los riesgos que se han encontrado en las tecnologías disruptivas, que han sido en el lavado de dinero, riesgos sistémicos y financieros y la falta de protección del consumidor. Tras ello, afirmó que Fintech debe de proteger al público divulgando información acerca de los servicios financieros, su funcionamiento, sus principales riesgos y los deberes legales, todo ello, en pro del consumidor final.
Durante su exposición recomendó a los profesionistas: “como asesores legales y contables tenemos que distinguir el tipo de actividad y las características del financiamiento colectivo, actividades que se ofrecen al público, y si vamos a acercarnos a cada modelo de negocio tenemos que hacerlo con otro avistamiento de leyes financieras”.
Víctor Manuel Pérez habló del tratamiento fiscal de las criptomonedas, al respecto informó que son un medio digital de intercambio que emplea técnicas de cifrado conocidas como criptografía para asegurar las transacciones financieras y son conocidas como un tipo de divisa alternativa y de moneda digital que tienen un control descentralizado y funcionan a través de blockchain que sirve de base de datos de transacciones públicas. Acerca de la regulación de las instituciones de tecnología financiera y los bancos, se hacen mediante el marco de la Ley Fintech.